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LOS ERRORES QUE DEBE EVITAR EN SU DECLARACIÓN DE LA RENTA

por | Abr 5, 2016 | Fiscal | 0 Comentarios

Desde Gestoría Grupo EM queremos aconsejarle para que evite futuros errores en su declaración de la renta. Aunque Hacienda le envíe el borrador, revíselo, puede contener fallos. El Fisco no conoce todo sobre usted y sus cuentas, y tampoco está pendiente de los gastos que puedan beneficiarle a la hora de pagar menos impuestos. Asefiget y EFPA detallan que deben tener en cuenta para hacer la declaración de la renta:

DEDUCCIONES Y REDUCCIONES:

– Defensa Jurídica: puede reducir su base jurídica hasta 300€ en gastos para procesos relacionados con el trabajo.

– Cuotas: si es afiliado a un sindicato, militante de un partido político o colegiado, las cantidades aportadas también disminuyen la cantidad a declarar.

– Divorcio: se debe reflejar en su declaración si le paga una pensión compensatoria a su ex pareja y/o alimenticia.

– Planes de pensiones: a veces no aparece en la Agencia Tributaria las aportaciones que se realizan, el máximo son 8.000€ anuales.

También debemos tener en cuenta que paralelamente a estos conceptos, hay gastos que son deducibles y minoran la cuota a pagar:

– Vivienda: si compró antes de 2013 puede desgravarse la compra de la vivienda habitual hasta un máximo de 9.040€.

– Alquiler: el propietario puede deducirse el 60% de los arrendamientos obtenidos y los gastos derivados de la casa. Así que, si arrienda una vivienda refléjelo en la declaración para beneficiarse de esta rebaja fiscal. El inquilino por su parte, se puede deducir el 10% de lo que paga siempre y cuando sus ingresos no superen los 24.107,00 €. Esto será válido para arrendamientos anteriores a 2015.

– Donativos: los primeros 150€ donados están beneficiados fiscalmente al 50%. Lo que supere esa cuantía tendrá una desgravación adicional del 27,5%. Además, si usted ha donado en los dos años anteriores, lo que supere los 150€ en este caso tendrá una deducción del 32,5%.

– Maternidad: se mantiene la desgravación de 1.200€ para las madres trabajadoras con niños menores de tres años.

– Seguros: los seguros de vida y de hogar son gastos vinculables a la adquisición de la vivienda y son desgravables.

– Comunidad Autónoma: cada región tiene sus deducciones por hijos, escolaridad, dependencia, adopción…

SUBVENCIONES: Hacienda desconoce las ayudas o subvenciones de las que usted ha sido beneficiario, pero está obligado a tributar por ellas como si fueran una ganancia patrimonial. De lo contrario, la Agencia Tributaria puede hacerle una declaración paralela y sancionarle.

INCREMENTO DEL PATRIMONIO: si gana un premio y no le han retenido debe declararlo. Igualmente si vende activos tiene que reflejar su ganancia o pérdida. Hacienda solo tiene constancia del importe de la venta, no del resultado.

DATOS PERSONALES: cualquier cambio en su estado civil, nacimiento de hijos, fallecimiento, cuidado de mayores o modificación del domicilio tiene que comunicarlo, porque afecta a su declaración.

Si con todo ha enviado una declaración errónea, hasta el 30 de junio tiene plazo para realizar una complementaria y subsanarlo sin recargo alguno. Si hemos ingresado solicite la devolución por ingreso indebido. Si se pasa de plazo tendrá una penalización.

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