Conoce los derechos y obligaciones del patio comunitario interior
Cuando en una comunidad de propietarios existen patios interiores de origen comunitario, pero de uso privativo de uno o varios propietarios, entran en juego una serie de reglas de aplicación en cuanto a mantenimiento, obras y reformas.
Para determinar si se trata de patios comunitarios o privativos, basta con dirigirse a las Escrituras de División Horizontal o las propias, donde se establece el carácter de dicho elemento (común o privativo).
En este sentido, el mantenimiento, conservación y limpieza del patio le corresponde al vecino que hace uso de él. Por ello, en caso de que se produjera un daño en elementos comunitarios u elementos privativos de otros vecinos, siendo la causa de dicho daño imputable a una falta de mantenimiento, la responsabilidad de su reparación sería atribuible al propietario que realiza dicho uso. Así el apartado b) del artículo 9.1 de la Ley de Propiedad Horizontal, establece como una de las obligaciones del propietario la de “Mantener en buen estado de conservación su propio piso o local e instalaciones privativas, en términos que no perjudiquen a la comunidad o a los otros propietarios, resarciendo los daños que ocasione por su descuido o el de las personas por quienes deba responder”. Un ejemplo de ello sería la obstrucción o el atasco en una arqueta por acumulación de residuos en el patio y falta en la observancia del deber de limpieza.
De otro lado, en caso de que los daños ocasionados en elementos comunes o a otros propietarios se situará en algún efecto de estructura o cimentación del patio común, el responsable de dichos daños -incluso los producidos en el propio patio- y, por tanto, de acometer la reparación de los mismos sería la Comunidad de Propietarios. De este modo, el art. 10.1 de la LPH recoge el carácter obligatorio de todas las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y asegurar el deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo los trabajos necesarios para satisfacer los requisitos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal.
En definitiva, lo esencial para determinar la responsabilidad de los daños que puedan generarse pasa por establecer cuál ha sido el origen de los mismos.
Para cualquier duda o consulta relacionado con la administración de una finca, te puedes poner en contacto con nosotros, y te ayudaremos con tu problema.
Hola tengo una vivienda comunitaria con asceso por un patio interior por el cual entramos cinco vecinos pero hay otros cinco vecinos que quieren aceder a ese patio y no tienen ni ventanas ni fachadas al patio.Es legal?
Buenas tardes,
La única forma de acceder a un patio interior comunitario es contar con un acceso privado al mismo, o bien que la comunidad cuente con un acceso comunitario. Si no se cuenta con un acceso comunitario al patio interior y tampoco se tiene ningún acceso privado al mismo no es legal acceder al mismo.
Esperamos haber sido de ayuda. Para dudas y gestiones relacionadas con las comunidades de vecinos puedes consultar nuestra web https://www.grupoemgestion.com o llamarnos al 91 689 57 99 y estaremos encantados de atenderte.
Mi vivienda da a un patio de luz donde hay una vecina que tiene lavadora y secadora funcionando día y noche 24 horas seguidas durante semanas, no es una exageración es literal. Se puede hacer algo.
Hola. A que artículos de la ley de propiedad me remito para solicitar a la comunidad la posibilidad de cerrar o poner toldo en un patio interior de uso privativo. Y que pasos debo seguir.
Estoy obligado a asumir los gastos de luz de los trasteros que no tienen contadores propios y que se alimentan dela luz del garage, cuando yo no soy propietario de trastero
Muchas Gracias
Cómo se tiene que regular la limpieza de un patio de luces por el cual solo se tiene acceso por una ventana de dos viviendas.Tendria que existir un calendario de limpieza con horario por cada vivienda?La comunidad va contratar para esta limpieza a un autónomo.No sabemos si en el seguro comunitario nos entraría los desperfectos y daños ocasionados por este servicio.La comunidad tiene que avisar a los dos vecinos del día y hora que puede haber un extraño en la terraza para no dejarte la ventana abierta y por privacidad?
si hay un vecino que tira basuras intencioalmente al patio interior privativo que recursos tengo para defenderme?
Una vecina me tira agua sucia llamándome guarra diciendo que yo uso algo que es suyo , me llego a agredir en la panadería fui a comisaría y según ella ni echa agua , qué derechos tengo
Buenos días, estoy pensando en comprar un piso el cual tiene un patio de luces desde el cual se accede solamente mediante dos ventanas propiedad de diferentes vecinos. Puede la Comunidad de Propietarios obligarme a limpiar dicho patio de luces cuando el acceso se hace através de una ventana
En mi comunidad el patio de luces solo hay acceso para limpieza saltando por las ventanas de mi vivienda o del vecino. Los pisos superiores arrojan de todo. Quería saber que solución hay, si puedo exigir un acceso y poder realizar limpiezas, puedo pedir que me abonen los gastos de dichas limpiezas, agua, jabón, cepillo, mi tiempo y dedicación a dicha limpieza? Espero haber aclarado bien mi duda, gracias
En un patio q comparte dos bajos. El vecino de enfrente tiene 3 vespinos,elementos varios de pintura y de construcción y tb una reja entera q da acceso al patio desde su cocina, q la ha roto a base de un soldador.
Otra duda, se puede hacer una especie de armario en una plaza de garaje y q a su vez en la parte de arriba tiene reglas mediadoras de hierro, escaleras e hierros varios en su parte de arriba;pudiendo caerse en los coches de las plazas de al lado.
Respecto al patio común, indicarle que al tratarse de una zona común de uso privativo, la Ley de Propiedad Horizontal dispone, sen el artículo 9.1, el deber de diligencia de los propietarios sobre las zonas comunes del inmueble, ya sean de uso general o privativo, respondiendo de los daños que pudieran causarse.
Respecto a la plaza de garaje, entra en aplicación el art. 9.1. g) de la citada Ley, donde se indica el deber de todo propietario de «Observar la diligencia debida en el uso del inmueble y en sus relaciones con los demás titulares y responder ante éstos de las infracciones cometidas y de los daños causados».
Gracias,
Quién tiene que limpiar un patio de una comunidad?. El acceso es por una primera planta y el piso es propiedad de un Banco. Jamas lo limpian porque dicen que corresponde a la comunidad de vecinos. El patio no lo utilizan, y el piso lo tienen de archivo. Gracias
Buenas tardes,
Si el patio comunitario es de uso privativo, es decir, si el acceso a ese patio es por la vivienda propiedad del banco, el propietario de la vivienda tendrá que asumir, (según la Ley de Propiedad Horizontal que regula todo lo relativo a las comunidades de propietarios), todas las tareas de mantenimiento y limpieza del mismo para unas correctas condiciones higiénico-sanitarias del inmueble.
Un saludo
Yo tengo un patio vecinal privativo, yo limpio el patio , solo tengo una bicicleta de niño y han hecho una junta de vecinos ,para obligarme a quitarla pq dicen que si ellos no pueden dejar nada en el patio yo tampoco y para dejar algo en el patio tienen que entrar por mi casa eso es legal ,gracias
Que pasa si en una terraza que se accede por una ventana de uno de los vecinos se cae una prenda y este se niega a darla
«En primer lugar, sería necesario conocer lo que la Escritura de División Horizontal fija en relación con la propiedad y/o uso de dicho patio, determinando su carácter de privativo o comunitario de uso privativo.
Si fuera este último el caso, al tratarse de una zona comunitaria, la legislación prevé que, en el artículo 9.1. apartados c) y d), que el propietario debe permitir la entrada en su piso o local a los efectos de llevar a cabo las servidumbres imprescindibles para la realización de actuaciones o la creación de servicios comunes.
Por tanto, en este específico caso, si la terraza es privativa, no hay obligación de que le devuelvan su prenda. En caso de que se trata de una terraza comunitaria de uso privativo, sí existe tal obligación. Por tanto, habrá que estar a lo que establezca la Escritura de División Horizontal de la finca».
Un saludo,
Buenos días,
Tenemos un conflicto en la comunidad. En la parte trasera del edificio tenemos un patio comunitario cuyo acceso solamente tiene el bajo comercial.
Este acceso, fue permitido por parte de la comunidad para la recogida de ropas que se caían y limpieza del patio.
Desde que cambiaron de dueños, éstos últimos están utilizando dicho patio como almacén de su comercia, sin el consentimiento ni aprobación de los vecinos. Almacenan palets, cajas y algún contenedor.
De hecho, tal y como reflejan las actas, la comunidad a denegado el uso del patio como almacén al comercio.
El comercio cree estar en su derecho de uso al ser una zona comunitaria y no haber construido nada.
En el estatuto de la comunidad no pone nada respecto al uso del patio. Solamente en las escrituras los define como comunitario.
¿Están en su derecho de utilizar el patio sin el consentimiento de la comunidad?
Si no es así, ¿cuales son los pasos que debería de dar la comunidad?
Gracias de antemano